¿Qué pasará si no pagué el Impuesto de Circulación de Vehículos a la SAT?

Los contribuyentes que no pagaron su impuesto en la fecha estipulada tenían una multa a pagar del 100% del valor del impuesto.
Sin embargo, podían aplicarle un 75% de descuento si el pago se hace de manera voluntaria, de lo contrario, los intereses se iban sumando a una tasa del 12.65%.
Aunque con la exoneración que publicó el Gobierno, dichas multas e intereses ya no eran aplicables si se paga la totalidad del impuesto antes del 31 de agosto de 2022.
Marco Livio Díaz, titular de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), conversó con La Red Noticias el pasado miércoles 31 de agosto y dijo: «Todavía nos faltan bastantes vehículos».
Díaz dijo que bajó el número de los vehículos inactivos, pues la cifra estaba en 125 mil y ahora es de 58 mil.
Concluyó que faltan unos Q7 millones de recaudación para cumplir la meta y alcanzarían los Q1 mil 9 millones en ese impuesto.
Además, Díaz explicó que si la persona no pagó hay un incumplimiento y de ser detectada por algún Policía Municipal de Tránsito se aplicará lo que ordena la Ley de Tránsito.
En este caso el automotor no tiene autorizado circular y el vehículo debe ser retirado de circulación.
Diaz dijo que están por desactivar los 58 mil vehículos que cumplen tres años de no pagar el referido impuesto.
Cifras
El recién pasado 5 de agosto, la Presidencia de Guatemala publicó el Acuerdo Gubernativo 208-20222 en el que exoneraba el 100% del valor de la multa, mora, intereses o recargos que tengan los contribuyentes que no habían pagado el Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV) en los años 2021 y 2022.
Agregó en esa ocasión que el objeto era facilitar que los contribuyentes cumplieran con sus obligaciones tributarias sin afectar su economía, por lo que era necesario otorgar exoneración sobre multas y recargos en que hayan incurrido.
El pago del ISCV venció el pasado 1 de agosto y la meta de recaudación para este año era de Q1 mil 37 millones.