¿Cuáles son las sanciones por transitar en el área peatonal?

Este lunes 14 de octubre, la Policía Municipal de Tránsito (PMT) informó que ha intensificado los controles en la 26 calle, entre la 33 y 35 avenida de la zona 5, donde se ha detectado que motoristas han estado utilizando el área exclusiva para peatones.
Trabajemos juntos por una mejor educación vial.
Estamos atendiendo reportes y denuncias de vecinos,
🏍️ motoristas fueron sancionados por circular sobre la banqueta en 26 calle entre 33 y 35 avenida zona 5.
Art. 184-11
Recuerda las banquetas son para los peatones. 🚶♀️🚶… pic.twitter.com/6TpyITpulU— PMT Ciudad de Guatemala (@PMTMuniGuate) October 14, 2024
Como respuesta a los reportes ciudadanos, los agentes han comenzado a multar a los conductores infractores.
Las autoridades recordaron que dicha zona está destinada únicamente para la circulación de personas a pie y que el uso indebido por parte de vehículos, especialmente motocicletas, constituye una infracción.
De acuerdo con el artículo 184 – 11 de la Ley de Tránsito de Guatemala y su reglamento, el uso de carriles especiales diseñados para la circulación de otro medio de transporte, en este caso para peatones, acarrea una multa.
La sanción por esta infracción puede variar, alcanzando hasta los Q500, dependiendo de la gravedad de la falta y la reincidencia del conductor.
La PMT hace un llamado a respetar las áreas designadas para peatones con el fin de garantizar la seguridad vial y prevenir accidentes.