Entra en vigencia el Decreto 8-2021 en Guatemala

El Congreso de la República publicó este martes 6 de julio en el Diario de Centro América el Decreto 8-2021, también conocido como Ley de exención de responsabilidad y de creación del mecanismo de compensación por el uso de vacunas contra covid-19 que posean autorización de uso de emergencia por la pandemia del virus SARS-Cov 2.
La publicación detalla que el objeto de la normativa es regular lo relativo a la exención de responsabilidad de quienes son considerados como personas protegidas, así como la creación de un mecanismo de compensación en virtud de la administración de las vacunas contra covid-19, con sustento en el Plan Nacional de Vacunación.
A su vez añade que el Estado asume la responsabilidad y define el mecanismo de compensación a las personas que resulten afectadas o que lleguen a padecer una reacción adversa seria, la cual requiera hospitalización, o fallezcan.
A esta iniciativa de ley y compensación se le asignaron fondos, siendo el monto de Q20 millones para el pago de las compensaciones a los posibles afectados.
"Decreto 8-2021":
Es tendencia porque se informó que el Congreso de la República publicó en el diario oficial el Decreto 8-2021, Ley de excensión de responsabilidad de creación de mecanismo de compensación por el uso de vacunas contra el COVID-19. pic.twitter.com/v6ttywakhF
— ¿Por qué es tendencia? (@porqtendenciagt) July 6, 2021
¿Qué función tiene el Decreto 8-2021?
Este decreto fue creado con la finalidad de que el país pueda recibir donaciones de vacunas de otros lugares del mundo, siendo las farmacéuticas estadounidenses las principales adeptas a la aprobación de esta iniciativa, ya que las exime de responsabilidades ante los efectos secundarios graves que pudieran llegar a tener los pacientes al recibir una dosis.
La normativa tras su redacción final tuvo 121 votos a favor, cinco en contra y 34 ausencias al momento de su aprobación el pasado jueves 1 de julio en el Congreso de la República.
Los montos para las indemnizaciones se establecieron al salario mínimo no agrícola y cubrirán los siguientes rubros:
- Si la persona fue hospitalizada
- La cartera cubre todos los gastos en un centro asistencial público y garantiza los cuidados y medicamentos necesarios.
- Se le pagarán Q92.88 por cada día de internamiento y recuperación.
- Si el paciente queda con alguna discapacidad significativa o permanente
- Salud deberá de compensar a la persona con Q30 mil 751
- Si la persona fallece
- El ministerio deberá de dar Q46 mil 126 a la familia o a quienes reclamen.