Video: Gobierno mantiene restricciones y advierte sobre violar medidas de prevención

El presidente Giammattei anunció en cadena nacional esta noche que las restricciones por el coronavirus seguirán exactamente igual para esta semana y estarán vigentes del 11 al 17 de mayo a la medianoche.
Las disposiciones presidenciales seguirán de la misma forma y esto incluye los siguientes puntos:
- Las restricción de horario (Toque de queda) de 6 PM a 4 AM.
- Queda totalmente prohibido el tránsito intradepartamental en todo el país. Es decir, nadie puede salir de su departamento.
- Centros de conveniencia podrán seguir abierto al público con las restricciones.
- Se advierte de no acatar las disposiciones en mercados, se ordenará el cierre de los mismos.
- En vista de que algunos centros comerciales, trataron de evadir la ley, serán sancionados si abren.
- Todo centro de salud que no anuncie algún caso, será sancionado.
- Toda persona que genere rumores o noticias falsas, serán denunciados.
El transporte urbano y extraurbano sigue sin funcionar hasta nuevo aviso. De igual forma seguirá vigente la orden presidencial para el uso obligatorio de la mascarilla. Las clases siguen suspendidas hasta nueva orden.
Esta es la fase 1 de la reapertura que planificó el Gobierno:
Por otro lado, el presidente aseguró junto que se realizó una reducción de interés en créditos y el Banco de Guatemala está apoyando a todos los bancos para estos logren aliviar la carga financiar de los guatemaltecos.
Con esto, todas las entidades bancarias realizarán diferimiento de créditos y tarjetas de crédito de mayo, junio y julio, sin recargos ni moras, pudiendo pagar las cuotas desde agosto de año hasta el acuerdo que hagan con cada uno. Por ejemplo, si usted tiene un crédito de casa o tarjeta de crédito, puede diferir sus pagos.
Aquí la conferencia de Giammattei:
#EnVivo |Presidente Alejandro Giammattei en Cadena Nacional de Radio y Televisión desde Casa Presidencial
Posted by Gobierno de Guatemala on Sunday, May 10, 2020
Este es el resto de restricciones que siguen vigentes.
Prohibiciones:
- Se suspenden las labores y actividades en las distintas dependencias del Estado, así como en el Sector Privado por tiempo indefinido.
- Se prohíben los eventos de todo tipo y de cualquier número de personas.
- Se prohíben todas las actividades deportivas, culturales y sociales.
- Se prohíbe el funcionamiento del Transporte público tanto urbano como extraurbano.
- Se prohíben las visitas en todos los centros penitenciarios así como en los lugares de reclusión de menores en conflicto con la ley penal en todo el país.
- Se prohíben las visitas en todas las instituciones de asistencia a personas de la tercera edad y adultos mayores
- Se suspenden las celebraciones religiosas presenciales
- Se cierran las consulta externas en los hospitales
- Se cierran todos los centros comerciales
- Se prohíbe el acaparamiento de los artículos de primera necesidad, bienes y medicinas
- Se prohíbe que los extranjeros ingresen al país por cualquiera de nuestras fronteras
- Se prohíben las reuniones en bares, discotecas y similares
- Se cierran las fronteras aéreas, terrestres y marítimas en todo el territorio
- A partir de las 21 horas hasta las 4 de la mañana del siguiente día, todos los establecimientos comerciales de cualquier índole deberán estar cerrados, exceptuando las FARMACIAS Y LOS SERVICIOS BÁSICOS ESENCIALES
- Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas a partir de las 17 horas hasta las 5 de la mañana del siguiente día.
- Todas las playas estarán cerradas y no se permitirá el ingreso a las mismas.
Excepciones A LAS PROHIBICIONES:
- Se exceptúa del cierre de fronteras, el ingreso DE:
- Guatemaltecos
- Residentes permanentes, así como el Cuerpo diplomático acreditado en el país.
Todos deberán de someterse de manera inmediata a una cuarentena obligatoria a su ingreso al territorio nacional.
- Se exceptúan de la suspensión de labores a los miembros del organismo ejecutivo:
- La Presidencia y el Gabinete de Gobierno, así como el personal que determinen cada una de las autoridades
- Personal incorporado para atender esta CALAMIDAD
- Personal de salud, socorro, seguridad y defensa
- Personal de la Dirección de atención al Consumidor
- Personal de aduanas, migración, puertos y aeropuertos y de cualquier otro servicio público indispensable tanto de las dependencias del organismo ejecutivo como de las entidades descentralizadas y autónomas del país, incluyendo a las municipalidades.
- Hospitales, centros de atención médica, laboratorios médicos y veterinarias.
- Industria farmacéutica, farmacias, droguerías y empresas dedicadas a la producción de desinfectantes y productos de higiene y salud.
- Transporte público por motivo de salud y el contratado por las empresas dentro de estas excepciones para movilizar a sus trabajadores con autorización previa obtenida en el Ministerio de Economía.
- Expendios de combustibles y derivados (gasolineras)
- Mercados, supermercados, abarroterías y tiendas de barrio.
- Restaurantes con autoservicios quienes podrán brindar atención únicamente por
- Cocinas de restaurantes que tengan servicio a domicilio y empresas que se dediquen al servicio adomicilio.
- Hoteles para alojamiento y alimentación en la habitación de sus huéspedes.
- Empresas de seguridad y transporte de valores.
- Bancos y cooperativas de ahorro y crédito.
- Servicios de extracción de basura públicas o privadas
- Industria agroalimentaria incluidos los centros de distribución de alimentos y
- Industria agropecuaria, labores agrícolas de recolección y empresas de agroquímicos.
- Industria dedicada a la producción de energía.
- Las telecomunicaciones, empresas proveedoras de internet y los medios de comunicación incluyendo radio, televisión y medios escritos
- La industria de carga aérea, marítima y terrestre de importación, exportación, suministros y puertos. Quienes los conduzcan deberán cumplir las disposiciones sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social durante su estadía en el territorio nacional y abandonar inmediatamente el mismo luego de entregar la carga.
Todas las empresas que continuarán operando deberán obligatoriamente:
- Aplicar el protocolo de seguridad e higiene para la prevención de COVID-19 que se encuentra en las plataformas de comunicación virtual del Gobierno. (correo electrónico)
- Promover que las personas se desenvuelvan en sus actividades respetando entre sí una distancia de al menos un metro.
- Permitir y propiciar el teletrabajo o trabajo desde casa tanto en el sector público como el privado.