¡Transformando caminos! Gobierno publica Ley de Infraestructura Vial Prioritaria

Este martes, el Gobierno de Guatemala oficializó la publicación del Decreto Número 29-2024, Ley de Infraestructura Vial Prioritaria, en el Diario de Centro América.
La nueva normativa, aprobada por el Congreso de la República, busca atender los desafíos en la construcción, ampliación y mantenimiento de las principales rutas que conectan el país, priorizando aquellas que impulsan el comercio y la movilidad nacional.
Con 115 artículos, esta legislación establece un marco regulatorio para agilizar y garantizar la ejecución de proyectos viales prioritarios, definidos como esenciales y de interés público.
Entre las disposiciones más destacadas, se prohíbe el cobro de peajes en las rutas desarrolladas bajo esta normativa, asegurando su acceso gratuito para los ciudadanos.
La ley también prevé sanciones específicas para garantizar la transparencia y cumplimiento en los proyectos de infraestructura vial, además de detallar los procesos necesarios para su ejecución y administración.
Uno de los pilares de esta ley es la creación de la Dirección de Proyectos Viales Prioritarios (DIPP), una entidad adscrita al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) que contará con independencia funcional, técnica, administrativa, económica y financiera.
La DIPP tendrá como responsabilidad planificar, ejecutar y supervisar proyectos viales prioritarios. Además, gestionará procesos de licitación y contratación, así como la administración del derecho de vía necesario para las obras.
Para atraer personal altamente calificado, la normativa establece que las prestaciones de los funcionarios y servidores de la DIPP serán superiores a las contempladas en la Ley de Servicio Civil, garantizando así la profesionalización de los procesos.
Funciones clave de la DIPP
La nueva dirección estará encargada de:
- Planificar y conservar la infraestructura vial prioritaria.
- Liderar procesos de licitación y contratación para proyectos esenciales.
- Supervisar y evaluar el desarrollo de las obras.
- Gestionar y administrar derechos de vía necesarios para las rutas.
- Aplicar sanciones a quienes incumplan lo dispuesto en la normativa.
La Ley de Infraestructura Vial Prioritaria entrará en vigor 30 días después de su publicación oficial. Sin embargo, algunos artículos específicos comenzarán a regir posteriormente: los artículos 89, 90 y 91 cobrarán vigencia el 1 de julio de 2026, mientras que el artículo 82 lo hará el 1 de enero de 2027.