¿Por qué la magistrada Dina Ochoa votó en contra del amparo de Semilla?

A solicitud de la Feci, el Juzgado Séptimo de Instancia Penal ordenó la suspensión de la personalidad jurídica del partido político Movimiento Semilla y la CC otorgó amparo provisional a la agrupación política.
Integrantes del Movimiento Semilla interpusieron un amparo preventivo en la Corte de Constitucionalidad, que busca que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) no le de cumplimiento a la orden del Juzgado Séptimo de Instancia Penal de suspender la personalidad jurídica de ese partido político, luego que un ciudadano denunció haber sido adherido ilegalmente a esa organización y al realizarse la prueba científica por el Inacif se concluyó que la firma y letra fueron falsificados.
¿Qué pasó?
A eso de la medianoche del 12 de julio, dirigentes de Semilla llegaron a la CC y presentaron el amparo preventivo.
Los dirigentes de Semilla dijeron que el amparo es para evitar que el TSE otorgue o de cabida a la decisión del juzgado de suspender la personalidad jurídica del partido, pues consideran que esa resolución es espuria, pues tanto la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) y el juez séptimo se extralimitaron en sus atribuciones y actuaron fuera del marco de la legalidad y rompieron el orden constitucional.
La tarde de este jueves 13 de julio, la CC otorgó amparo provisional a favor del Movimiento Semilla, por lo que el TSE no tendrá ningún impedimento para continuar con el proceso electoral.
La CC emitió un comunicado en el que explicó que a prevención, otorgó el amparo provisional solicitado en el sentido de que la resolución del 12 de julio emitida por el Juez Séptimo Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente del departamento de Guatemala, no afecta ni deja en suspenso el Acuerdo 1328-2023 del Tribunal Supremo Electoral, a efecto de que la segunda vuelta electoral se lleve a cabo en la fecha indicada y con la participación de los candidatos oficializados.
Agregó: “Lo anterior es sin perjuicio de las facultades de persecución penal que competen al Ministerio Público y lo regulado en los artículos 251 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 251 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos”.
Además, se ordenó la remisión del amparo por razón de competencia a la Corte Suprema de Justicia para que continúe con el trámite de la garantía constitucional instada.
La tarde de este jueves 13 de julio, la CC en conferencia de prensa informó de la continuidad del proceso penal y explicó que la protección de la CC es con relación al proceso electoral, con relación a lo penal el MP podrá seguir con las acciones que considere pertinente.
Así votaron los magistrados
Así votaron los cinco magistrados de la CC en esta resolución que protege al Movimiento Semilla.
En favor del amparo
- Leyla Lemus
- Roberto Molina Barreto
- Hugo Pérez Aguilera
- Néster Vásquez
En contra
- Dina Ochoa
