¿No pagaste el impuesto de circulación? Desde este 1 de agosto enfrentás multas, intereses y otras sanciones

El plazo para pagar el Impuesto sobre Circulación de Vehículos (ISCV) en Guatemala venció el pasado 31 de julio, y a partir de este viernes 1 de agosto entran en vigor las sanciones automáticas para quienes no cumplieron con esta obligación fiscal.
Según lo establecido en el artículo 29 del Decreto 70-94, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) aplica multas, intereses por mora y otras medidas administrativas que pueden afectar directamente a los propietarios de vehículos.
¿Cuánto cuesta el atraso?
El primer golpe para los contribuyentes morosos es la multa del 100% sobre el monto del impuesto omitido. Es decir, si el ISCV era de Q200, ahora se deberá pagar el doble: Q200 del impuesto más Q200 de multa.
A esto se suman los intereses por mora, que se calculan de manera diaria con la fórmula:
Monto del impuesto × 0.0005 × número de días de atraso.
Por ejemplo, si el impuesto es de Q150 y el contribuyente se atrasa 30 días, deberá pagar Q150 del ISCV, Q150 de multa y Q22.50 de intereses, sumando un total de Q322.50.
¿Qué pasa si se paga antes de ser notificado?
Si el contribuyente decide ponerse al día antes de que la SAT emita una notificación formal, puede acceder a una rebaja del 75% en la multa. En ese mismo caso, en lugar de pagar Q150 de multa, solo tendría que cubrir Q37.50. Así, el monto total a pagar sería Q210.
Este beneficio aplica únicamente si el pago se hace de forma voluntaria y sin que medie una notificación de parte de la SAT.
Tarjeta y calcomanía, otro requisito obligatorio
Además del pago del impuesto, los conductores deben portar la Tarjeta de Circulación y la Calcomanía Electrónica. En caso de no presentar alguno de estos documentos durante un operativo de tránsito, la multa es de Q500 por cada uno.
Si además el ISCV no ha sido cancelado, se suman las sanciones tributarias previamente mencionadas.
¿Y si pasan varios años sin pagar?
La SAT advierte que si un vehículo acumula tres años consecutivos sin cumplir con el pago del ISCV, este puede ser inactivado administrativamente.
Esto significa que no podrá circular legalmente ni realizar trámites como traspasos o revalidaciones hasta que se regularice la situación fiscal.
Las autoridades recomiendan a los propietarios de vehículos verificar su situación tributaria y realizar el pago correspondiente cuanto antes, ya que las sanciones pueden seguir acumulándose con el paso de los días.
El reloj ya empezó a correr, y mientras más se tarde el pago, más sube la cuenta.