Las alternativas del Congreso ante el veto presidencial al Decreto 7-2025

Tras el veto presidencial al Decreto 07-2025, el Congreso de Guatemala enfrenta decisiones fundamentales que pueden redefinir el curso de la Ley de Fortalecimiento Financiero y Continuidad de Proyectos de los Codedes.
El proceso está regulado por la Constitución, particularmente en sus artículos 177, 178 y 179, los cuales establecen que el decreto vetado regresa al Poder Legislativo con las observaciones del Ejecutivo.
La Junta Directiva debe presentar el tema al Pleno en la siguiente sesión, y el Congreso cuenta con un plazo máximo de treinta días para reconsiderar o rechazar el veto, lo que exige dinamismo político y acuerdos internos entre las bancadas.
Si la mayoría absoluta, equivalente a dos terceras partes de los miembros del Congreso (actualmente 107 votos), decide rechazar las razones del veto presidencial, el Ejecutivo está obligado por ley a sancionar y promulgar el decreto en los ocho días posteriores.
En caso de que el Ejecutivo no lo haga, la Junta Directiva del Congreso debe ordenar su publicación como ley en el Diario Oficial en un plazo de tres días, lo que permite su entrada en vigencia en todo el país.
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Por otro lado, si el Congreso acepta el veto, la ley no se promulga y puede iniciarse el debate de reformas, correcciones o propuestas alternativas, abriendo una nueva etapa de negociación política.
El escenario está influido por los equilibrios de poder en el Congreso y la correlación de fuerzas entre bancadas oficialistas y opositoras. Actualmente, dados los votos con los que fue aprobado el decreto originalmente, los promotores confían en poder revertir el veto si logran mantener su alianza y sumar los consensos necesarios.
A la par, la discusión se nutre de presiones exteriores provenientes de alcaldes y sectores sociales que buscan que la ley entre en vigencia, así como de cámaras empresariales y técnicos que exigen mayor fiscalización.