Estado de Calamidad declarado por Bernardo Arévalo queda en manos del Congreso

En el Diario Oficial de este lunes 8 de julio, el Gobierno de Bernardo Arévalo publicó el Decreto Gubernativo 2-2024, que declara el Estado de Calamidad en Guatemala por alto índice de acumulación de lluvia y saturación de los suelos.
El Decreto 2-2024 dio al Congreso de la República un lapso de 3 días para que los Jefes de Bloque conozcan y aprueben el Estado de Calamidad.
En el Artículo 1 el Gobierno decretó Estado de Calamidad Pública en todo el territorio de Guatemala. Una decisión tomada en Consejo de Ministros.
La Justificación de decretar el Estado de Calamidad fue descrita en el Artículo 2, en el que detalló que es por el Alto índice de Acumulación de lluvia y saturación de los suelos, lo que provocaría un aumento en el riesgo de desastres naturales en departamentos y municipios del país.
El Plazo del Estado de Calamidad fue decretaro por 30 días a partir de la vigencia del presente Decreto Gubernativo, según el Artículo 3.
El Artículo 6 detalló la Adquisición y contratación de bienes y servicios, en el que autoriza al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV), al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA), Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS), Secretaria Ejecutiva de la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres NAturales o Provocados (CONRED), a realizar la adquisición de bienes, suministros, obras y servicios indispensables para solucionar situaciones derivadas del presente Estado de Calamidad.
Además, el Artículo 8 define la Asignación Presupuestaria en la que faculta al Ministerio de Finanzas Públicas para que identifique y asigne los espacios presupuestarios para atender la emergencia y asignar las cuotas financieras a las unidades ejecutoreas de manera oportuna.
El Decreto fue firmado por el Bernardo Arévalo (Presidente), Karin Herrera (Vicepresidenta) y otros.
