viernes, 13 de febrero de 2026
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Coronavirus: Gobierno anuncia nuevas disposiciones con restricción de movilidad limitada hasta el 29 de junio

14 de junio de 2020
Coronavirus: Gobierno anuncia nuevas disposiciones con restricción de movilidad limitada hasta el 29 de junio

El presidente Giammattei anunció en cadena nacional esta noche que las restricciones por el coronavirus se modificaron para las próximas dos semanas y estarán vigentes del 15 al 29 de junio a la medianoche.

Las disposiciones presidenciales incluyen los siguientes puntos:

  1. La restricción de horario (Toque de queda) de 5 a 18 hrs.
  2. Queda totalmente prohibido el tránsito intradepartamental en todo el país, pero especialmente en San Marcos, El Progreso, Guatemala y Sacatepéquez. Es decir, nadie puede salir de su departamento.
  3. Centros de conveniencia podrán seguir abierto al público con las restricciones.
  4. Se advierte de no acatar las disposiciones en mercados, se ordenará el cierre de los mismos.
  5. En vista de que algunos centros comerciales, trataron de evadir la ley, serán sancionados si abren. Ninguno puede operar.
  6. Todo centro de salud que no anuncie algún caso, será sancionado.
  7. Toda persona que genere rumores o noticias falsas, serán denunciados.
  8. Los próximos dos domingos SI habrá toque de queda total solo en los departamentos antes mencionados.
  9. Horarios de mercados municipales y cantonales se mantendrán, de 6 AM a 4 PM

Restricción de movilidad

Para las próximas dos semanas solo podrán circular los siguientes vehículos (solo carros), en San Marcos, El Progreso, Guatemala y Sacatepéquez, con el número de placas:

Esto quiere decir que cada día de estas dos próximas semanas, las placas que finalizan con par: 0,2,4,6 y 8, podrán circular ciertos días. Mientras que las placas impares: 1,3,5,7 y 9, podrán circular otros días.

Por otro lado, el transporte urbano y extraurbano sigue sin funcionar hasta nuevo aviso. De igual forma seguirá vigente la orden presidencial para el uso obligatorio de la mascarilla. Las clases siguen suspendidas hasta nueva orden.

El documento oficial con las nuevas disposiciones para esta semana:

 

 

Esta es la fase 1 de la reapertura que planificó el Gobierno:

Aquí la conferencia de Giammattei:

#EnVivo | Mensaje del Presidente Alejandro Giammattei desde Casa Presidencial.

#EnVivo | Mensaje del Presidente Alejandro Giammattei desde Casa Presidencial.

Posted by Gobierno de Guatemala on Sunday, June 14, 2020

Este es el resto de restricciones que siguen vigentes.

Prohibiciones:

  1. Se suspenden las labores y actividades en las distintas dependencias del Estado, así como en el Sector Privado por tiempo indefinido.
  2. Se prohíben los eventos de todo tipo y de cualquier número de personas.
  3. Se prohíben todas las actividades deportivas, culturales y sociales.
  4. Se prohíbe el funcionamiento del Transporte público tanto urbano como extraurbano.
  5. Se prohíben las visitas en todos los centros penitenciarios así como en los lugares de reclusión de menores en conflicto con la ley penal en todo el país.
  6. Se prohíben las visitas en todas las instituciones de asistencia a personas de la tercera edad y adultos mayores
  7. Se suspenden las celebraciones religiosas presenciales
  8. Se cierran las consulta externas en los hospitales
  9. Se cierran todos los centros comerciales
  10. Se prohíbe el acaparamiento de los artículos de primera necesidad, bienes y medicinas
  11. Se prohíbe que los extranjeros ingresen al país por cualquiera de nuestras fronteras
  12. Se prohíben las reuniones en bares, discotecas y similares
  13. Se cierran las fronteras aéreas, terrestres y marítimas en todo el territorio
  14. A partir de las 21 horas hasta las 4 de la mañana del siguiente día, todos los establecimientos comerciales de cualquier índole deberán estar cerrados, exceptuando las FARMACIAS Y LOS SERVICIOS BÁSICOS ESENCIALES
  15. Se prohíbe el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y fermentadas a partir de las 17 horas hasta las 5 de la mañana del siguiente día.
  16. Todas las playas estarán cerradas y no se permitirá el ingreso a las mismas.

Excepciones A LAS PROHIBICIONES:

  1. Se exceptúa del cierre de fronteras, el ingreso DE:
    1. Guatemaltecos
    2. Residentes permanentes, así como el Cuerpo diplomático acreditado en el país.

Todos deberán de someterse de manera inmediata a una cuarentena obligatoria a su ingreso al territorio nacional.

          1. La Presidencia y el Gabinete de Gobierno, así como el personal que determinen cada una de las autoridades
          2. Personal incorporado para atender esta CALAMIDAD
          3. Personal de salud, socorro, seguridad y defensa
          4. Personal de la Dirección de atención al Consumidor
          5. Personal de aduanas, migración, puertos y aeropuertos y de cualquier otro servicio público indispensable tanto de las dependencias del organismo ejecutivo como de las entidades descentralizadas y autónomas del país, incluyendo a las municipalidades.
          6. Hospitales, centros de atención médica, laboratorios médicos y veterinarias.
          7. Industria farmacéutica, farmacias, droguerías y empresas dedicadas a la producción de desinfectantes y productos de higiene y salud.
          8. Transporte público por motivo de salud y el contratado por las empresas dentro de estas excepciones para movilizar a sus trabajadores con autorización previa obtenida en el Ministerio de Economía.
          9. Expendios de combustibles y derivados (gasolineras)Se exceptúan de la suspensión de labores a los miembros del organismo ejecutivo:
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