Cierre irrevocable… ¿o no? IDV impulsa apelación tras el cierre del proceso contra Pedro Cuevas

El Instituto de la Víctima (IDV) informó que acompaña legalmente a Florecita Cobián en el proceso de apelación contra la resolución que cerró el caso de presunta agresión sexual infantil en el que aparece señalado su expareja, el cantante Pedro Cuevas.
La denuncia se refiere a hechos atribuidos en perjuicio de su hija menor de edad.
El pasado 26 de noviembre, la jueza Mayra Méndez, de Chimaltenango, resolvió otorgar sobreseimiento al artista y dispuso el cierre irrevocable del expediente, decisión que generó inconformidad en la parte denunciante y en los abogados del IDV.
Apelación en marcha
El equipo jurídico del Instituto de la Víctima confirmó que trabaja en la apelación que deberá presentarse ante la Sala Regional Mixta de Chimaltenango dentro del plazo legal de tres días hábiles.
La intención es que la Sala revoque el fallo, ordene que el caso avance a juicio y que Cuevas quede ligado a proceso, tal como ocurrió en noviembre de 2024, cuando esa misma instancia revocó una resolución previa de la jueza Méndez.
Esa Sala, que recientemente inició funciones en la zona 7 de Chimaltenango, es la autoridad competente para revisar el expediente.

Posiciones encontradas
Cuevas ha rechazado de forma pública los señalamientos y ha afirmado que la acusación responde a conflictos personales con su expareja.
Tras el sobreseimiento, no pesa sobre él ninguna medida de coerción ni restricción de acercamiento.
Por su parte, Cobián manifestó preocupación por la seguridad y bienestar de su hija, al tiempo que aseguró confiar en que el sistema de justicia permitirá que el caso sea revisado nuevamente.
Rutas legales disponibles
Si la Sala confirma el cierre del proceso, aún quedarían abiertas otras vías, como acciones ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) o la Corte de Constitucionalidad (CC).
El IDV indicó que evaluará las alternativas según el avance del expediente.
El caso continúa en revisión y las autoridades deberán determinar si existen elementos suficientes para reactivar el proceso penal o si se mantiene la decisión de archivo definitivo.