Autoridades advierten multas de hasta Q50 mil por vender silbadores y canchinflines

Las autoridades del Ministerio de Economía (Mineco) y la Dirección de Atención y Asistencia al Consumidor (Diaco) reiteraron que continúa prohibida la venta de silbadores y canchinflines en todo el país, conforme lo establecido en el Decreto 12-85, Ley de Especies Estancadas y sus reformas. La normativa contempla sanciones económicas severas para quienes sean sorprendidos comercializando estos productos.
Según lo informado, las multas pueden ascender hasta los Q50,000, debido a que estos artefactos pirotécnicos representan un riesgo elevado por su potencia, imprevisibilidad y el uso frecuente en contextos sin supervisión. “Efectivamente, a través del Decreto 123-85 (…) hay multa para quienes comercialicen silbadores y/o canchinflines, cuya venta está terminantemente prohibida en el territorio nacional”, recordó un funcionario del Mineco.
Diaco refuerza el Plan Belén para prevenir incidentes por pirotecnia
Aunque hasta ahora los operativos no han detectado la venta directa de estos productos, se mantiene una vigilancia estricta para evitar su reaparición en el mercado, especialmente mediante el contrabando. Las instituciones reforzarán los controles durante la temporada de fin de año, cuando aumenta el comercio de pirotecnia.
La Policía Nacional Civil, a través del departamento DIDAE, acompaña las inspecciones y desarrolla monitoreo en plataformas digitales para identificar perfiles o publicaciones que puedan estar ofreciendo estos artefactos de forma ilegal. Las autoridades hicieron un llamado a la población para denunciar cualquier punto de venta o anuncio relacionado con estos productos prohibidos.