Así serán los «Entornos Virtuales de Aprendizaje» que implementará el Ministerio de Educación

En el Diario Oficial de este martes 9 de agosto fue publicado por el Ministerio de Educación (Mineduc) el Acuerdo Ministerial 2590-2022.
El Acuerdo considera que «el Estado debe proporcionar y facilitar educación a sus habitantes, sin discriminación alguna, y con el fin de lograr el desarrollo integral de la persona humana».
Además, acuerda «crear los Entornos Virtuales de Aprendizaje para el sistema educativo nacional».
El Artículo 1 define los Entornos Virtuales de Aprendizaje como espacios educativos mediante el uso de herramientas tecnológicas y metodología innovadoras que facilitarán a la población educativa el desarrollo y fortalecimiento de procesos eformativos pertinentes a su contexto y necesidades.
Mientras que el Artículo 2 explica la creación de los Entornos Virtuales de Aprendizaje a nivel nacional, los cuales estarán bajo la responsabilidad del Viceministro de Educación Extraescolar y Alternativa en coordinación con la Dirección General de Educación Extraescolar (Digeex), las Direcciones Departamentales de Educación, la Dirección de Informática (Dinfo) y con el apoyo de las Direcciones Sustantivas del Ministerio de Educación.
Por otra parte, el Artículo 3 habla sobre el objetivo de los Entornos Virtuales de Aprendizaje es propiciar el desarrollo de la población a través de procesos de aprendizajes significativos, autónomos y colaborativos, mediante el uso de herramientas tecnológicas, en un modelo educativo flexible, pertinente y de calidad.
El Artículo 4 detalla que cómo será el Personal que atienda los Entornos Virtuales de Aprendizaje, los cuales contarán con un técnico de modalidades flexibles, quien acompañará y ejecutará el proceso formativo de los estudiantes. También administrará el Entorno Virtual.
Mientras que el soporte técnico estará a cargo de la Unidad de Informática de la Dirección Departamental de Educación y con asistencia técnica de las corporaciones municipales o cooperantes del sector educativo.
¿Cuáles son las condiciones de infraestructura?
El Artículo 5 detalla las condiciones que tendrán los Entornos Virtuales de Aprendizaje:
a) Espacio físico adecuado para la instalación y funcionamiento de los equipos.
b) Seguridad para el resguardo de los equipos.
c) Ventilación e iluminación natural y artificial.
d) Energía eléctrica.
e) Acceso a Internet.
f) Mobiliario y Equipo.
g) Servicios básicos.
El Artículo 6 habla sobre el funcionamiento, los cuales atenderán conforme a la organización de horarios y grupos de estudiantes, de acuerdo a los intereses y necesidades de la población educativa.
En el Artículo 7 podemos conocer sobre el financimiento, en el que se explica que la Dirección General de Educación Extraescolar deberá incluir en la planificación operativa anual la asignación del presupuesto necesario para garantizar el funcionamiento de los Entornos Virtuales de Aprendizaje.
El Acuerdo fue firmado por la Ministra de Educación, Claudia Patricia Ruiz.
Antecedente
El pasado 16 de julio del 2021, el Mineduc anunció que un total de 3 mil escuelas de primaria serán beneficiadas con el establecimiento de aulas virtuales, según el Ministerio de Educación (Mineduc).
De acuerdo con la titular de la cartera, Claudia Ruíz, como parte de la estrategia se prevé brindar tablets a los estudiantes.
También tenemos contemplado dar un paquete de atención para el aula virtual. Con esto se brindará un dispositivo para que los maestros tengan almacenadas sus clases y otro tipo de material, explicó.
Ruíz añadió que el dispositivo también incluirá material que se ha trabajado bajo la estrategia Aprendo en Casa y en Clase.