Amparo judicial en defensa de la educación ¿Qué implica la resolución contra el STEG para los guatemaltecos?

El Juzgado Décimo Segundo Pluripersonal de Primera Instancia del Ramo Civil del departamento de Guatemala, actuando como Tribunal Extraordinario de Amparo, resolvió otorgar un amparo provisional al Estado de Guatemala, a través de la Procuraduría General de la Nación (PGN), en relación con acciones emprendidas por el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras de la Educación de Guatemala (STEG).
En la resolución emitida el pasado 8 de abril de 2025, el tribunal ordenó al STEG abstenerse de llevar a cabo ciertas medidas que podrían afectar la continuidad del servicio educativo en el país.
Entre las acciones suspendidas se encuentran:
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Suspensiones indebidas de clases: El tribunal ordenó que el STEG no pueda suspender clases o realizar cualquier otra acción que afecte la continuidad de la enseñanza.
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Bloqueos ilegales de calles y carreteras: Se prohibió cualquier bloqueo que restrinja el derecho a la libre locomoción de la población y afecte el tránsito en el país.
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Tomas de centros educativos y edificios administrativos: El amparo también frena las tomas de edificios que paralicen las actividades del Ministerio de Educación (Mineduc) y afecten el derecho a la educación de la niñez, adolescencia y juventud a nivel nacional.
El Ministerio de Educación (Mineduc) ha expresado su satisfacción con la resolución judicial, destacando que las acciones del STEG representan un riesgo para los servicios públicos esenciales y el cumplimiento del deber del Estado de garantizar la educación en todo el territorio nacional.
