Estos son los nuevos acuerdos y restricciones de la Autopista Palín-Escuintla

El Ministerio de Comunicaciones publicó los nuevos acuerdos y restricciones para la Autopista Palín-Escuintla que entrarán en vigor a partir del 1 de mayo.
El Acuerdo Ministerial 438-2023 fue publicado en el Diario oficial y da detalle de los cambios que habrá en la autopista que dejará de ser administrada por la empresa SIVA.
El Artículo 1 detalla que a partir del 1 de mayo a las cero horas se restringe la circulación de vehículos automotores de carga y sus combinaciones mayores o iguales a seis ejes. Se exceptúan el transporte de pasajeros, vehículos de emergencia, seguridad nacional y grúas por ser un euqipo de servicio.
Artículo 2 explica que la velocidad máxima en la autopista será de 80 kilómetros por hora.
Artículo 3 prohíbe la colocación de cualquier tipo de rótulos, vallas, mantas, mupis o anuncios publicitarios sin las previa autorización.
Artículo 4 prohíbe todo tipo de comercio de productos, artículos o servicios dentro del derecho de vía, así como cualquier objeto que impida u obstaculice la visibilidad de las señales de tránsito.
Artículo 5 detalla que Caminos colocará reductores de velocidad en áreas técnicamente necesarias de la autopista.
Artículo 6 Prohíbe la creación de retornos viales o cualquier corte a los arriates en la carretera.